Este grupo sostiene que la forma de proceder en el Congreso del Estado obstaculiza su derecho a la participación en asuntos públicos
Por Veinteveinte
El pasado 8 de octubre la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió atraer para su resolución un amparo que permitirá determinar si la votación por cédula (secreta) de una reforma constitucional que involucra derechos humanos vulnera el derecho a la libertad de expresión, acceso a la información y de participación política de la población Lesbiana, Gai, Bisexual, Transgénero y más (LGBT+) en Yucatán.
El proyecto analizado deriva de la demanda de amparo promovido contra la decisión del Congreso de Yucatán de votar por medio de cédulas la iniciativa de matrimonio igualitario, sin dar a conocer de manera pública el sentido del voto de los legisladores.
Como se recordará, el 10 de abril de 2019, los diputados locales discutieron las mismas modificaciones legislativas y el resultado fue negativo.
El 15 de julio de ese mismo año, el Congreso de Yucatán rechazó por segunda ocasión las reformas a las leyes civiles del estado, para permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo, con 15 votos en contra y nueve a favor, emitidos en secreto.
La comunidad LGBT+ sostiene que la forma de proceder en el Congreso de Yucatán obstaculiza su derecho a la participación en asuntos públicos, pues impide a sus integrantes tomar decisiones para elegir a sus representantes en las futuras elecciones.